viernes. 19.04.2024
Pasaporte (Foto: Atencionalconsumidor.com).

Ante las salidas vacacionales que comienzan ahora para numerosos zamoranos, la Policía Nacional recuerda que, desde el pasado 26 de jnio, existen unos nuevos requisitos para la expedición de pasaportes.


Una nueva regulación para la expedición de pasaportes a menores e incapacitados judicialmente pretende evitar que estos salgan del país de forma irregular sin el consentimiento de alguno de sus progenitores y prevenir los secuestros parentales.

El Real Decreto 411/2014 exige ciertos requisitos para la expedición de pasaportes que son: la obligatoriedad de la presencia del menor o incapacitado durante la expedición, el DNI y la partida literal de nacimiento del mismo, y el consentimiento expreso de todos los titulares de la patria potestad o tutela del menor o incapacitado.

Además, no será posible expedir el pasaporte en caso de que haya sido acordada judicialmente una resolución privativa de libertad o que prohíba abandonar el territorio nacional a alguno de los titulares de la patria potestad ni cuando el juez haya prohibido la salida de España al menor de edad o a la persona incapacitada judicialmente.

Para viajes a los países miembros de la Unión Europea y si el menor de edad viaja solo, podrá hacerlo con su Documento Nacional de Identidad y la autorización de cualquiera de sus representantes legales.

Ante cualquier duda sobre la tramitación de estos documentos, la Policía recomienda a los ciudadanos que acudan a alguna de las 370 oficinas de documentación de españoles de la Policía Nacional que se encuentran repartidas por todo el país.

Nuevos requisitos para la expedición de pasaportes a menores e incapacitados