jueves. 28.03.2024

Segunda convocatoria de ayudas al estudio para alumnos que cursen enseñanzas universitarias en las universidades de Castilla y León (curso académico 2016-2017). Hoy se abre el plazo de solicitudes

A partir de hoy se abre el plazo que la Junta de Castilla y León ha previsto para convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas al estudio para los alumnos que cursen estudios universitarios conducentes a la obtención del título de Graduado, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Maestro, Ingeniero Técnico y Arquitecto Técnico en una universidad pública o privada de Castilla y León durante el curso académico 2016-2017 en las modalidades y para los destinatarios siguientes:

a) RESIDENCIA para quienes cursen segundo y posteriores cursos: destinada a colaborar en los gastos que se ocasionen por residir fuera del domicilio familiar.

b) RENTA para todos los alumnos destinada a colaborar en los gastos ocasionados a quienes no superen determinados umbrales de renta.

Quedan expresamente excluidas de esta convocatoria las ayudas para la realización de enseñanzas de régimen especial, estudios correspondientes a máster y doctorado, cursos de adaptación al Grado, así como cursos de especialización y títulos propios de las universidades.

Ambas modalidades son excluyentes entre sí, de modo que los estudiantes sólo podrán solicitar una de ellas considerándose que han optado por la ayuda seleccionada en la aplicación informática.

Ningún alumno podrá percibir más de una ayuda aunque se realicen simultáneamente varias enseñanzas de las contempladas. En tales casos, se considerará que el solicitante ha optado por los estudios seleccionados en la aplicación informática.

¿Quién lo puede solicitar?:

Estudiantes que, dentro del plazo de presentación de solicitudes, cumplan los requisitos.

¿Qué requisitos debo cumplir?:

REQUISITOS GENERALES

a) Ser español, o poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea. En el supuesto de ciudadanos comunitarios o de sus familiares, beneficiarios de los derechos de libre circulación y residencia, se requerirá que tengan la condición de residentes permanentes o que acrediten ser trabajadores por cuenta propia o ajena.

En el supuesto de extranjeros no comunitarios, se aplicará lo dispuesto en la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

b) Estar matriculado en alguna universidad pública o privada de Castilla y León durante el curso 2016/2017.

c) Cursar enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos oficiales de Graduado, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Maestro, Ingeniero Técnico y Arquitecto Técnico.

d) No estar en posesión ni reunir los requisitos legales para la obtención de un título, del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la ayuda.

e) Haber resultado beneficiario de una beca del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte convocada mediante Resolución de 11 de agosto de 2016, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2016-2017, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios.

No podrán ser beneficiarios de la modalidad de residencia los solicitantes con independencia familiar y económica; los que cursen total o parcialmente enseñanzas en la modalidad a distancia; los que estén matriculados en menos de 60 créditos durante el presente curso académico o aquellos que, habiéndose matriculado de menos de 60 créditos en el curso anterior o último realizado, no superaron la totalidad de los créditos.

REQUISITOS ESPECÍFICOS

Para optar a la MODALIDAD DE RESIDENCIA los solicitantes deben cumplir los siguientes requisitos específicos:

a) Acreditar la residencia fuera del domicilio familiar, cumplimentando el apartado correspondiente de la solicitud.

A estos efectos, podrá considerarse como domicilio familiar el más próximo al centro docente que pertenezca a alguno de los miembros computables que integran la unidad familiar.

b) Estar matriculados de segundo y posteriores cursos de las enseñanzas objeto de la convocatoria.

c) No haber recibido el componente de residencia de las ayudas del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte por no cumplir el requisito de rendimiento académico en el curso anterior, exigido en el segundo párrafo del artículo 22.2 de la Resolución de 11 de agosto de 2016 de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades.*

d) Tener en el año 2015 una renta familiar neta inferior a los umbrales establecidos.*

Para optar a la MODALIDAD DE RENTA los solicitantes deben cumplir los siguientes requisitos específicos:

a) Tener en el año 2015, una renta familiar neta inferior a los umbrales establecidos.*

REQUISITOS ESPECÍFICOS: UMBRALES DE RENTA ESTABLECIDOS* (170 kbytes)Descarga del documento tipo PDF 

Cuantía:

RESIDENCIA: Su importe ascenderá a 1.500 euros.
RENTA: La cuantía máxima de esta ayuda será de 350 euros.
¿Qué documentos necesito?:

La solicitud se deberá cumplimentar mediante el formulario ACCESIBLE A TRAVÉS DE LA APLICACIÓN INFORMÁTICA, e irá dirigida al Consejero de Educación, dicha solicitud se acompañará de la siguiente DOCUMENTACIÓN:

1. Todos los solicitantes deberán presentar junto con la solicitud, salvo que autoricen expresamente en la solicitud a la Consejería de Educación a obtener directamente y/o medios telemáticos la comprobación de los datos de identidad personal, la copia del documento nacional de identidad o documento equivalente en el caso de extranjeros residentes en territorio español.

2. En el supuesto de que se solicite ayuda para residencia, se deberá aportar volante de empadronamiento con el que se demuestre que el domicilio habitual no se encuentra en la localidad donde se están cursando los estudios, salvo que residiendo en la Comunidad de Castilla y León se preste en la solicitud consentimiento expreso para la obtención directa de dichos datos por la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

3. Si, concedida la autorización a la Consejería de Educación para comprobar los datos de identidad personal y de domicilio habitual, se constatase que las administraciones carecen de datos del solicitante o de miembros de su unidad familiar, o si existen dificultades técnicas que impidan o dificulten la cesión de datos por parte de las administraciones se requerirá al solicitante que aporte dicha información.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

Desde el 16 de marzo de 2017 hasta el 17 de abril de 2017

Lugar y Forma de presentación:

Presencial:
Una vez cumplimentada la solicitud se deberá imprimir el formulario generado por la aplicación en formato PDF y presentarlo con la firma del solicitante preferentemente en el Registro de la Consejería de Educación (Avenida Monasterio de Nuestra Señora de Prado, s/n. 47014 Valladolid).
Oficinas de Información y Registro de la Junta de Castilla y León.
En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 (LPACAP).
Electrónico:
Tramitación electrónica: ver requisitos técnicos.
Se admite presentación por TELEFAX. , siendo el número oficial 983 411 050.
Organismo:

Responsable:
Consejería de Educación
Dirección General de Universidades e Investigación
Gestor:
Dirección General de Universidades e Investigación

Que resuelve:
Consejero de Educación

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver la concesión de éstas ayudas será de 6 MESES a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera publicado resolución expresa, se podrán entender DESESTIMADAS las solicitudes.

Notificaciones:

Subsanación de solicitudes
Se publicará en el "Boletín Oficial de Castilla y León" la relación de solicitantes cuya solicitud y/o documentación sea defectuosa o esté incompleta, siendo objeto de publicidad en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (www.educa.jcyl.es/universidad).
La publicación de estas listas supondrá el inicio del cómputo del plazo de 10 DÍAS HÁBILES para la subsanación de los defectos que pudieran haberse apreciado en las solicitudes.
La orden de resolución se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Recursos:

Reposición
Contencioso-administrativo
Información adicional:

Compatibilidad

Las ayudas concedidas con arreglo a lo establecido en esta orden, con la excepción prevista en el punto siguiente, serán compatibles con otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, sin que el importe total subvencionado en ningún caso, aisladamente o en concurrencia con otras, llegue a superar el coste de la actividad subvencionada.
Estas son incompatibles con la condición de beneficiario de las becas para realizar estudios universitarios convocadas por la Comunidad Autónoma del País Vasco para el curso 2016-2017.

Los universitarios de Castilla y León ya pueden solicitar su beca desde hoy, tienen un...