viernes. 29.03.2024

Se trata de la nulidad de una orden de compra de Obligaciones Subordinadas con fecha de 20 de julio de 2.011. El afectado, un vecino de Santander, recuperará toda su inversión, más intereses legales, menos los intereses cobrados y con expresa condena en costas al Banco Popular.

Es la primera sentencia que anula este producto desde la venta del Banco Popular, por un euro, al Banco Santander (7 de junio de 2.017), y lo anula por VICIO DEL CONSENTIMIENTO POR ERROR, al ser un producto de riesgo, no apto para ahorradores y, sobre todo, por la falta de información de la entidad bancaria a los consumidores. En esta ocasión el afectado ha sido defendido por el abogado general de la Plataforma, D. Antonio del Castillo Alonso.

El 7 de junio de 2.017, el FROB (Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria ), a través de la JUR (Junta Única de Resolución), procedió a la venta del Banco Popular al Banco Santander y tanto los titulares de deuda subordinada como todos los accionistas se encontraron con la pérdida de todo su capital. El Banco Santander les ofreció, a cambio de no pleitear, unos Bonos Fidelización calificados, por algunos, de cicateros (perpetuos, al 1%, renunciando a futuros litigios con el banco, obligando a mantener las posiciones, ...) y humillantes (el banco les obligaba a escribir de su puño y letra un texto en el que el afectado expresaba la total inconveniencia del producto que aceptaba así como que lo hacía por iniciativa propia).

El caso de este ciudadano de Cantabria, es equivalente a cualquiera del resto de afectados que tengan suscrita Deuda Subordinada u Obligaciones Subordinadas, además de los Bonos Popular y/o Acciones de la Ampliación de 2.016, que son las que la plataforma está reclamando. Por este motivo seguimos animando a todos los afectados a que busquen información y no se den por vencidos. Todavía están a tiempo de recuperar su dinero.

El juzgado de primera instancia nº8 de Santander dicta la primera sentencia que anula...