sábado. 20.04.2024

Tras la publicación de la Orden Ministerial SND/388/2020 publicada en el BOE número 123 de hoy 3 de mayo de 2020, el Ministerio de Sanidad detalla cómo podrán realizar su deporte los deportistas de alto nivel (DAN) y profesionales, así como el resto de deportistas federados.

Desde la RFME queremos indicar los puntos más relevantes que afectan a los deportistas motociclistas y que determinan de qué forma y dónde deben llevar a cabo su actividad deportiva a partir del inicio de la Fase 0 de la desescalada que tendrá lugar a partir del 4 de mayo.
Deportistas DAN (regulado y aprobado cada caso por el CSD)
Podrán realizar entrenamientos individuales, al aire libre y en su provincia.
Podrán acceder libremente a realizar su actividad, con los medios necesarios (remolque, furgoneta, etc.).
Podrán utilizar cualquier implemento deportivo y equipamiento (motocicleta, casco, guantes, otros elementos de protección, etc.).
Deberán cumplir las medidas de distanciamiento e higiene indicadas por la autoridad sanitaria.
Podrán realizar su entrenamiento en el horario y durante el tiempo que necesiten.
Podrá presenciar el entrenamiento un entrenador, manteniendo un distanciamiento de 2 metros. Si se va en bicicleta y similares (motocicleta) el distanciamiento será de 10 metros.
Deberán estar acreditados con certificado DAN o Licencia Federativa. Llevarán su documentación acreditativa personal (DNI, carnet de conducir, pasaporte, etc.).
Otros deportistas federados
Podrán realizar entrenamientos individuales, al aire libre y 2 veces al día, en horario de 6-10 h. y de 20-23 h. y siempre en su término municipal.
Podrán acceder libremente a realizar su actividad con los medios necesarios (remolque, furgoneta, etc.).
Podrán utilizar cualquier implemento deportivo y equipamiento (motocicleta, casco, guantes, otros elementos de protección, etc.).
  Si son deportistas de Deporte Adaptado podrán ir con un acompañante, siendo la distancia entre ellos la imprescindible, ambos con mascarilla y garantizando la higiene personal y etiqueta respiratoria que proceda. .Asimismo se mantendrá un distancia mínima de 2 metros y si se va en bicicleta o similares (motocicleta) el distanciamiento será de 10 metros.
No se permitirá llevar entrenadores ni otro personal auxiliar.
De momento no podrán entrenar los menores de 14 años.
Deberán estar acreditados con Licencia Federativa. Llevarán su documentación acreditativa personal (DNI, carnet de conducir, pasaporte, etc.).
Volvemos a insistir en la necesidad de realizar nuestros entrenamientos con prudencia y moderación para evitar posibles lesiones y accidentes. Gracias a todos.

ÚLTIMA HORA: Estas son las condiciones para entrenar con la moto según el DAN y la RFME