jueves. 28.03.2024

En el día de hoy el Ayuntamiento de Zamora ha recibido la Sentencia 224/2018 relativa a la demanda del Interventor del Ayuntamiento contra el Ayuntamiento y el Alcalde de Zamora en lo concerniente a varios decretos que reestructuraban el Área de la Intervención Municipal, a instancias del propio Interventor.

El fallo declara vigentes y ajustados totalmente al derecho los decretos de 8 de noviembre de 2017, 15 de diciembre de 2017, 8 de enero de 2018, 11 de enero de 2018 y 21 de enero de 2018. Todos ellos relativos a la reestructuración del Área de Intervención que inicialmente propuso el propio Interventor.

Como se recordará el Interventor Municipal propuso al Alcalde delegar las funciones de "fiscalización" en la Viceinterventora y crear un área en la Intervención de "estudios y programas" que podría ocupar él mismo. El Alcalde accedió a ello y el 8 de noviembre de 2017 firmó el Decreto correspondiente que contenía en su integridad la propuesta del Interventor.

A partir de ahí se concatenan una serie de hechos y circunstancias (de todos conocidos) que terminan en una denuncia del Interventor Municipal ante el Juzgado de lo Contencioso. Dicha demanda se resuelve, como hemos dicho, afirmando el Juzgado que todo se realizó con la más estricta legalidad. Primero porque fue el propio Interventor quien realizó la propuesta y el Alcalde lo autorizó; y en segundo lugar, porque cualquier reversión de la situación propuesta por el Interventor inicialmente necesitaría también la autorización del Alcalde como máximo responsable de todo el personal del Ayuntamiento.

El Juzgado declara ajustado a derecho la reestructuración de la Intervención propuesta por el propio Interventor, dejando claro, además, que dicha reestructuración, encomendaba la asistencia a las mesas de contratación de la Viceinterventora. Como se recordará, el Interventor también denunció al Alcalde, al teniente de Alcalde Miguel Ángel Viñas y al Secretario Municipal ante el Juzgado de lo Penal, al serle solicitada por el Sr. Viñas que se retirara de una mesa de contratación después de 2 meses de inasistencia del Interventor.

El Alcalde enviará mañana mismo al Juzgado de lo Penal, que aún no ha resuelto esta demanda, la sentencia del Juzgado de lo contencioso que declara legal y ajustado a derecho que el Interventor no asistiera a las mesas de contratación, cuestión secundaria en el procedimiento contencioso, pero central en el procedimiento penal.

En todo momento ha sido y es voluntad del Alcalde la pacificación de todos los conflictos en el Ayuntamiento. También en este caso, en el que se ha obrado con ecuanimidad y coherencia.

El Juzgado de lo contencioso nº1 de Zamora da la razón al Ayuntamiento y al Alcalde en...