sábado. 20.04.2024

Durante la rueda de prensa posterior a la Junta de Gobierno de este martes el concejal de Hacienda, Diego Bernardo Rosas, ha presentado el calendario fiscal del contribuyente para el año 2020, que se divide en los siguientes 5 periodos en función de si los recibos están están o no domiciliados:

  • Impuesto a los vehículos de tracción mecánica y terrazas de verano de los bares: del 9 de marzo al 8 de mayo para las personas que no tengan domiciliado el pago; y del 3 al 14 de abril para facturar a aquellos que tengan domiciliado el abono de la tasa.
  • IBI urbano e tasa de características especiales: del 7 de junio al 14 de agosto para los no domiciliados; y el 10 de julio para los domiciliados.
  • Tasa de basuras: del 4 de mayo al 3 de julio para los no domiciliados; y 5 de junio para los domiciliados.
  • Impuesto sobre los vados: del 1 de junio al 31 de julio para los no domiciliados; el 3 de julio para los domiciliados.
  • Cuota de basuras variables e IBI rústico: del 7 de septiembre al 3 de noviembre para los no domiciliados; y del 25 de septiembre al 2 de octubre para los domiciliados.

Asimismo, el edil de Hacienda detalló que la tasa de utilización del Mercado de Abastos se paga de forman mensual.

El pago a la carta, que es el abono de los impuestos de forma fraccionada desde el mes de febrero al mes de octubre, solo será para aquellos contribuyentes cuya suma total de impuestos y tasas supere los 300 euros. El periodo para adherirse a esta forma de pago finaliza el 31 de enero. Rosas incidió en que este pago por cuotas no tienen ningún interés añadido que se sume al monto total.

Consulta el calendario fiscal municipal para 2020