Durante la rueda de prensa posterior a la Junta de Gobierno de este martes el concejal de Hacienda, Diego Bernardo Rosas, ha presentado el calendario fiscal del contribuyente para el año 2020, que se divide en los siguientes 5 periodos en función de si los recibos están están o no domiciliados:
- Impuesto a los vehículos de tracción mecánica y terrazas de verano de los bares: del 9 de marzo al 8 de mayo para las personas que no tengan domiciliado el pago; y del 3 al 14 de abril para facturar a aquellos que tengan domiciliado el abono de la tasa.
- IBI urbano e tasa de características especiales: del 7 de junio al 14 de agosto para los no domiciliados; y el 10 de julio para los domiciliados.
- Tasa de basuras: del 4 de mayo al 3 de julio para los no domiciliados; y 5 de junio para los domiciliados.
- Impuesto sobre los vados: del 1 de junio al 31 de julio para los no domiciliados; el 3 de julio para los domiciliados.
- Cuota de basuras variables e IBI rústico: del 7 de septiembre al 3 de noviembre para los no domiciliados; y del 25 de septiembre al 2 de octubre para los domiciliados.
Asimismo, el edil de Hacienda detalló que la tasa de utilización del Mercado de Abastos se paga de forman mensual.
El pago a la carta, que es el abono de los impuestos de forma fraccionada desde el mes de febrero al mes de octubre, solo será para aquellos contribuyentes cuya suma total de impuestos y tasas supere los 300 euros. El periodo para adherirse a esta forma de pago finaliza el 31 de enero. Rosas incidió en que este pago por cuotas no tienen ningún interés añadido que se sume al monto total.