viernes. 19.04.2024

El Consejo Consultivo de Castilla y León se ha pronunciado en su reunión de este jueves sobre una consulta facultativa sobre derechos de los concejales no adscritos. En este sentido, la institución concluye que un concejal no adscrito no puede ser designado representante del ayuntamiento en una mancomunidad de municipios, ni consecuentemente percibir retribución por tal concepto.


El dictamen aprobado hoy recoge que corresponden a los concejales no adscritos, al igual que a los demás concejales, los derechos políticos y económicos que conforman el núcleo esencial de la función representativa, pero no los derivados con carácter exclusivo de la pertenencia a un Grupo Político.

Del mismo modo el dictamen concluye que un concejal no adscrito puede formar parte de las comisiones informativas, al tratarse del ejercicio de funciones ligadas al mandato representativo que ostenta y, por tanto, indisponibles por ser consustanciales a su condición de concejal; y puede, por ello, percibir las cantidades (derechos económicos) que correspondan por la asistencia a dicho órgano.

Asimismo señala que un concejal no adscrito no puede ser designado teniente de alcalde ni miembro de la Junta de Gobierno, y tampoco puede ejercer cargo por delegación del Alcalde. Consiguientemente, tampoco podrá percibir retribución alguna por tales conceptos.

En la reunión de este jueves también se ha dado el visto bueno a diversos asuntos de responsabilidad patrimonial. Asimismo esta mañana se ha reunido el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales que ha resuelto tres recursos cuyo valor asciende a casi dos millones de euros.

El Consejo Consultivo dictamina que un concejal no adscrito no puede ser designado...