sábado. 20.04.2024

40 años de Constitución
Artículo elaborado por Santiago A. Bello Paredes. Catedrático de Derecho Administrativo y Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Burgos.

En este mes de diciembre celebramos el 40 aniversario de la Constitución, el mejor texto constitucional de la historia española y que ha permitido un periodo de paz y prosperidad como nunca antes había tenido nuestro país. Esta situación ha permitido lograr una equiparación con los países de nuestro entorno cultural y retomar la aventura del proyecto común europeo.
El texto constitucional ha constituido un Estado social y democrático de Derecho, ha proclamado la igualdad y la libertad, junto con la justicia y el pluralismo político, ha creado un carta de derechos fundamentales, protegidos por un poder judicial, en primer lugar, y por el Tribunal Constitucional en todo caso.
En este ámbito debe destacarse la necesaria independencia del poder judicialpara que queden salvaguardados los derechos de los ciudadanos; pues como ya preclaramente se recogiera en el Discurso preliminar de la Constitución de 1812: "para que la potestad de aplicar las leyes a los casos particulares no pueda convertirse jamás en instrumento de tiranía, se separan de tal modo las funciones de juez de cualquiera otro acto de la autoridad soberana, que nunca podrán ni las Cortes ni el Rey ejercerlas bajo ningún pretexto".
Y este contexto de separación de funciones (poderes) resulta clave en el desarrollo y consolidación del constitucionalismo europeo, como recogió la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 al establecer que toda sociedad en la que no están garantizados los Derechos ni determinada la separación de los poderes carece de Constitución, artículo 16.
Por ello, la Constitución de 1978 tiene un completo sistema de reparto del poder, no sólo entre distintos órganos (legislativo, ejecutivo y judicial), sino entre distintas tipos de entidades territoriales (Estado, comunidades autónomas y entidades locales).

Pues en este texto constitucional se ha realizado una amplia descentralización del poder, dando protagonismo a las nacionalidades y regiones que constituyen el germen de la actuales comunidades autónomas, entidades territoriales que nunca antes habían existido en España, y entre las cuales este año también se celebra el 35 aniversario del Estatuto de autonomía de Castilla y León.
Y lo que resulta más importante, la Constitución plasma el consenso que los españoles alcanzaron en el año 1978, para poner fin a un periodo antidemocrático y a una previa guerra entre hermanos.
No son pocos los logros obtenidos por este texto constitucional, que sólo ha sufrido dos reformas en estos 40 años, y ambas como consecuencia de su adecuación a la normativa de la Unión Europea. La primera para permitir el ejercicio del derecho de sufragio activo y pasivo a los ciudadanos europeos en las elecciones locales, ahora recogido en el artículo 13, y la segunda para elevar a la categoría constitucional los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera contenidos en el artículo 135.
En estos 40 años la Constitución ha alcanzado una envidiable madurez a través de la obra interpretativa de su texto por el Tribunal Constitucional, quien ha sido capaz de avanzar soluciones en diversos problemas, ora sea en la configuración de los derechos fundamentales, ora en la distribución de competencias entre el Estado y las comunidades autónomas, y en menor medida en relación con las
entidades locales.
Pues el texto constitucional no puede ser entendido como un marco estático y cerrado, sino que como cualquier norma jurídica debe adaptarse a la realidad contingente y cambiante, lo cual debe hacerse a través de la labor diaria del legislador ordinario, estatal y autonómico, desarrollando los preceptos constitucionales y de su posterior enjuiciamiento por el Tribunal Constitucional.
Y lo que es realmente más importante, en estos últimos 40 años la sociedad española ha sufrido un paralelo proceso de maduración, de consolidación de las relaciones sociales, de adaptación a los grandes cambios que se han originado en Europa y en el mundo.
Otros aspectos del texto constitucional no han tenido tanta fortuna, como la configuración del Senado que, pese a su declarada conformación como cámara de representación territorial, no ha contado con un acertado anclaje en su configuración y funcionamiento durante estos 40 años, pues se ha limitado a ser una cámara de segunda lectura de los textos legales, salvo el instrumento contenido en el artículo 155 de la Constitución, el cual ha alcanzado gran relevancia pública con la situación acontecida en Cataluña este último año. O la regulación del órgano de gobierno de los jueces, Consejo General del Poder Judicial.
Pero en estos momentos de celebración de un aniversario no hay que pensar en los posibles cambios que puedan introducirse al texto constitucional, eso deberá ser a partir de enero de 2019.

Cuarenta años de Constitución